Dirección de Educación Pública de Gestión Privada
I.- Denominación de la Unidad:
DIRECCIÓN DE EDUCACIÓN PÚBLICA DE GESTIÓN PRIVADA

II.- Dependencia Jerárquica:
Secretaría de Estado de Gestión Educativa
III.- Misión:
Intervenir en el reconocimiento, registro, asistencia técnica pedagógica y administrativa contable de los servicios educativos de gestión privada, en todos sus niveles y modalidades, formal y no formal.
IV.- Funciones:
1) Articular, horizontal y verticalmente, la implementación de las Políticas, Planes y Programas Provinciales y Nacionales en materia educativa y administrativa, en el sector privado.
2) Fiscalizar las instituciones educativas públicas de gestión privada, supervisando, en todos los niveles de enseñanza, el cumplimiento de la legislación vigente y sus reglamentos nacionales y provinciales.
3) Participar en la definición de criterios técnicos para el diseño y elaboración de las estructuras curriculares y contenidos básicos para el sistema educativo.
4) Promover, orientar y propiciar la conformación de redes de trabajo formales e interzonales, que optimicen los procesos pedagógicos de las instituciones educativas públicas de Gestión Privada, con la participación de directivos y docentes.
5) Propiciar y participar en programas y proyectos de investigación, innovación y experimentación pedagógicas en articulación con los otras Direcciones de Nivel o Modalidad y Sectores Técnicos.
6) Conducir, coordinar y evaluar las actuaciones del equipo Técnico Pedagógico de asistencia y apoyo de la Dirección.
7) Conformar Equipos de Trabajo permanentes y Ad-hoc, en coordinación con las Direcciones correspondientes, de Supervisores, Docentes y Técnicos, para el diseño, desarrollo, y evaluación de proyectos específicos, y para soluciones a cuestiones legales, organizativas, pedagógicas, etc.
8) Proponer a la Superioridad las autorizaciones e incorporaciones, suspensiones o cierres de servicios de acuerdo a las normas vigentes.
9) Participar con otros sectores técnicos en cuestiones relacionadas con las equivalencias de planes de estudios.
10) Detectar las necesidades y demandas de perfeccionamiento y actualización del personal docente del sector privado y canalizarlas a través de los sectores técnicos competentes.
11) Intervenir en el otorgamiento, liquidación de conceptos adicionales a los haberes mensuales, procesamiento de liquidación, pedidos de fondos y control de la aplicación y destino de los fondos otorgados por el Estado a las instituciones educativas públicas de gestión privada.
12) Intervenir, conjuntamente con el Organismo correspondiente, en la administración e implementación del régimen económico financiero de aportes a las instituciones educativas públicas de gestión privada, fiscalizando los informes de aplicación de fondos y requiriendo los ajustes ó devoluciones correspondientes.
13) Ejecutar las actividades y acciones derivadas de la aplicación de Leyes y normativas vigentes nacionales y provinciales, en la materia.
14) Proponer a la Superioridad las modificaciones orgánicas funcionales de la Dirección, necesarias para la eficacia y eficiencia de la gestión educativa.
15) Supervisar las funciones del sector de apoyatura administrativa de la Dirección.
16) Legalizar y autenticar la firma de los Directivos de las instituciones que emiten los certificados analíticos de estudios, y emitir certificados analíticos de las instituciones que dejaron de funcionar.
17) Elaborar y mantener un registro de instituciones educativas públicas de gestión privada, de su personal y de la ubicación geográfica de dichos establecimientos y sus áreas de influencia.
18) Participar en las Comisiones, Institutos, etc. que correspondan al Nivel, conforme a la normativa vigente y a lo dispuesto por la superioridad.

Director: Prof. Juan Humberto Castañeda

Volver